SINDICATO UNIFICADO DE POLICÍA
Riesgos Laborales
Solicitando inclusión en el Plan Formativo de la Div. de Personal y Perfeccionamiento los niveles intermedio y superiores en PRL de la DGP contemplados en el Reglamento de los Servicios de Prevención.19-04-2018.
Primero.-
El “CAPÍTULO VI: FUNCIONES Y NIVELES DE CUALIFICACIÓN” del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, contempla una clasificación en la realización de las tareas encomendadas tanto al Servicio de Prevención (SERPRE), como a los representantes de los trabajadores y lo hace del siguiente modo “FUNCIONES DE NIVEL BÁSICO”, “FUNCIONES DE NIVEL INTERMEDIO” y “FUNCIONES DE NIVEL SUPERIOR”…
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