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Actualidad sindical
Instrucción 9/2026 sobre la instalación de elementos de contención fronteriza en las fronteras marítimas de las ciudades de Ceuta y Melilla y aplicación de la disposición adicional décima de la LOEx.
La disposición adicional 10ª de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social señala que los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación
territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España.
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