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Por Resolución de 10 de abril de 2025 de la Dirección General de la Policía (Orden General núm. 2774 de 21 de abril de 2025) se convocó concurso de vacantes número 30/2025, para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de concurso específico de méritos.
En aplicación de la base 3.4 de la Resolución de la Dirección General de la Policía de 16 de julio de 2025, por la que se convocó proceso selectivo de ascenso a la categoría de subinspector o subinspectora de la Policía Nacional, este tribunal calificador,
Al objeto de dar cumplimiento a la convocatoria del Grado de Aptitud Física (GAF) de la Policía Nacional, publicada en la Orden General 2771, de fecha 31 de marzo de 2025, y con el fin de llevar a cabo la realización de las pruebas correspondientes a la mencionada
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, acordó convalidar el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado, mediante la modificación del texto refundido de la Ley del
Para general conocimiento, se participa que, desde el día del presente, se ha procedido a dar difusión a través de la página Web de la División de Personal, apartado “concursos”, a la convocatoria para entrevistas y periodo de alegaciones del Concurso Específico de
Documentación que se verá en la próxima reunión de la Comisión de Personal y Proyectos Normativos del Consejo de Policía.
Con el fin de atender las necesidades urgentes de personal en el ámbito de gestión de la UCCOT y poder crear una Oficina 24/7 en la Comisaría General de Policía Científica que dé cumplimiento a las demandas derivadas de la interoperabilidad (SIS-RECAST,
Se convocan las vacantes indicadas a continuación para cubrir puestos de trabajo en la Centro de Proceso de Datos del Escorial, Unidad de Informática y Telecomunicación, Área de Informática, adscrita a la Subdirección General de Logística e Innovación, para
Se convocan las vacantes indicadas a continuación para cubrir puestos de trabajo en la Oficina Nacional Entry Exit System, adscrita a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, para ser ocupadas por funcionarios y funcionarias pertenecientes a la
En relación a la Resolución de 9 de julio de 2025, de la Dirección General de la Policía, publicada en la Orden General núm. 2793 de 14 de julio de 2025, por la que anuncia la convocatoria pública núm. 52/2025, para la provisión, por el procedimiento de
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Riesgos laborales
El atropello es uno de los accidentes laborales mas frecuentes entre los trabajadores expuestos al tráfico de vehículos y maquinaria. Para reducir el riesgo de sufrir este tipo de accidentes, es necesario, entre otras medidas, hacer mas visibles a estos trabajadores. Para lograr este objetivo se utilizan prendas de alta visibilidad que mejoran la visibilidad mediante un alto contraste entre la ropa y el plano de fondo sobre el que es visto…
1.- Procura disminuir al máximo el riesgo de contagio evitando exposiciones innecesarias.
2.- Sigue rutinariamente los consejos que te indicamos para prevenir la exposición de la piel y las mucosas en todas las situaciones que puedan dar origen a accidentes, estando o no previsto el contacto con fluidos corporales (sangre u otro cualquiera)…
El Reglamento General del Mutualismo Administrativo, aprobado por Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo (en adelante «el Reglamento») desarrolla en sus artículos 88 a 101, lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, en cuanto a las prestaciones por incapacidad temporal y por riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural, determinando la definición de las contingencias protegidas, así como la duración y extinción de las situaciones y las reglas aplicables a los subsidios económicos en dichos casos…
1. OBJETO.-
Dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y en su desarrollo reglamentario, llevado a cabo por el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero.
La coordinación de actividades empresariales en materia de prevención de riesgos laborales deberá garantizar, en aquellos casos en los que en un centro de trabajo concurran empleados pertenecientes a distintas organizaciones, la aplicación coherente y responsable de los principios de la acción preventiva establecidos el artículo 4 del Real Decreto 2/2006,
por el que se establecen normas sobre prevención de riesgos laborales, en la actividad de los funcionarios de Cuerpo Nacional de Policía, y en el artículo 15 de la citada Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
1. OBJETO.-
Integrar la prevención de riesgos laborales en la adquisición de bienes y servicios que puedan afectar a la seguridad y salud de los empleados públicos de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito del Cuerpo Nacional de Policía).
La adquisición de tales bienes y servicios, como equipos de trabajo, equipos de protección individual, sustancias o preparados químicos, puede implicar la aparición de riesgos para la seguridad y salud de los empleados públicos, que han de ser controlados.
1. OBJETO.
Integrar la prevención de riesgos laborales en las actuaciones de construcción, modificación y adecuación de edificios e instalaciones de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito del Cuerpo Nacional de Policía).
La dificultad para diagnosticar una enfermedad profesional se presenta en el día a día de la gestión de estas contingencias.
Para calificar una enfermedad como profesional, es necesario considerar los siguientes factores:
– Variabilidad biológica: no todos lo…
Por Resolución de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, de 16 de enero de 2007, se procedió a dar cumplimiento a lo previsto en el Real Decreto 2/2006, de 16 de enero, por el que se establecen normas sobre prevención de riesgos laborales en la actividad de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, en lo relativo a la constitución de los órganos de participación y representación de los citados funcionarios…
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y sus disposiciones de desarrollo tienen una vocación de universalidad e integración, lo que en el ámbito de las administraciones públicas supone considerar la prevención frente a los riesgos laborales como una actuación única, indiferenciada y coordinada que debe llegar a todos los empleados públicos sin distinción del régimen jurídico que rija su relación de servicio.
Sentado lo anterior, cabe destacar que en las administraciones públicas existen diversas peculiaridades organizativas que aconsejan la regulación en una normativa específica los derechos de participación y representación en esta materia…
El capítulo III del Real Decreto 2/2006, de 16 de enero, por el que se establecen normas sobre prevención de riesgos laborales en la actividad de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, establece el régimen de
participación y representación de los miembros del citado Cuerpo en esta materia.
En el artículo 15 del referido Real Decreto se configura la Comisión de Seguridad y Salud Laboral Policial como Órgano nacional paritario y colegiado de participación de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la Administración, en materia de prevención de riesgos, seguridad y salud laboral.
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